Si su empresa cuenta con más de un socio accionista entonces necesitan un seguro de vida con ahorro

“Garantiza una excelente repartición de las acciones de tu empresa en caso del fallecimiento de uno de los socios, tomando la póliza de seguro de vida con ahorro más robusta y flexible del mercado, respaldada por una de las aseguradoras más sólidas de la región.” – Es una de las recomendaciones más importantes que en N&S ASESORES EN SEGUROS le podemos hacer a nuestros clientes que cuentan con una empresa de por los menos dos socios accionistas. 

A lo largo de nuestros 25 años de historia en la industria de los seguros para personas naturales y jurídicas nos hemos dado cuenta que la mayoría de empresas van tomando seguros para proteger sus activos como seguros colectivos de vida y gastos médicos para sus empleados, seguros de daños todo riesgo para sus inmuebles, seguros de autos para sus flotillas, etc. Sin embargo el concepto de proteger la sociedad todavía es un tema al cual no le dan tanta relevancia dentro de su portafolio financiero de riesgos, a pesar de que sí se tienen preocupación latente al respecto.

Imaginémonos una firma de construcción conformada por dos socios accionista: El ingeniero y el arquitecto, quienes se han repartido equitativamente el 50% de las acciones cada uno y participan activamente la gestión ejecutiva y operativa, por lo que están también en planilla. Además el ingeniero es el representante legal y ampara todos los créditos hipotecarios de la empresa. 

Al reflexionar este contexto surgen varias interrogantes sobre posibles riesgos que se deben tomar a consideración como por ejemplo:

  • ¿Al fallecer uno de los socios, quién heredaría sus acciones, su familia o la empresa?  

Legalmente al fallecer un socio accionista de cualquier empresa, sus acciones son heredadas por su familia, esposa e hijos. Muchas veces estas familias no están involucradas con el negocio y simplemente desean venderlas a otra persona para quedarse con dinero. 

Este es el momento donde se vuelve indispensable el seguro de vida para protección de socios; ya que si el socio fallecido tuviera una de estas pólizas con una suma asegurada calculada por el valor total de la empresa entre su 50%, entonces la empresa recibiría la suficiente cantidad de dinero para para poderle comprar las acciones a esta familia. 

Con esto se lograría que la familia del fallecido se quede con dinero y el socio sobreviviente con el 100% de las acciones y así evitar un socio indeseable. 

  • ¿Al fallecer uno de los socios, cómo se sustituye su trabajo dentro de la gestión y operaciones de la empresa?  

Para poder contar con los fondos necesarios y sustituir al socio fallecido, se le agrega a la suma asegurada su salario anual por la cantidad de años que se espera trabajará en la empresa.

Entonces el beneficio por muerte no solo le permitiría a la empresa comprarle las acciones a su familia, sino también peder contratar a un ejecutivo sustituto con su misma capacidad, terminar de pagar proyectos que quedaron pendientes al fallecer y poder tomar parte de ese dinero para amortizar proyecciones de venta que posiblemente ya no se darán por un período establecido de tiempo. 

  • ¿Al fallecer el socio que es representante legal, quedaría pagada la deuda o se trasladaría al socio sobreviviente? 

Gracias al Art. 20 de la Ley de Protección al Consumidor que menciona y cito textualmente “Se prohibe a proveedores de servicios de crédito, bursátiles o servicios financieros en general, incurrir en las siguientes conductos: a) Imponer directa o indirectamente al consumidor, la designación del notario que documentará el servicio provenido o el crédito que se le otorgue, así como la determinación de la compañía con la que ha de contratar los seguros exigidos como condición del crédito.”, el representante legal puede sustituir los seguros ofrecidos por el banco por los de la aseguradora que más le convenga, ya sea al momento de escriturar o si ya cuenta con créditos vigentes. 

En este sentido la misma póliza puede contar con una suma asegurada que garantice a la empresa en caso del fallecimiento de uno de sus socios poderle comprar las acciones a la familia, poder contratar a un empleado clave sustituto y poder dejar pagados los montos pendientes de los créditos hipotecarios que se hayan sacado para apalancamiento e inversión empresarial.

Asegúrate de optar por la mejor decisión. Asesórate con nosotros y te ayudaremos a analizar en que aspectos tu empresa puede ser protegida de mejor manera, cómo diseñar una póliza de seguro de vida con ahorro adecuada para cada socio y empleado clave dentro de tu organización, además te de revisar a detalle las condiciones y coberturas de tus créditos hipotecarios, para garantizar así que el negocio se mantenga en marcha y las familias no queden desamparadas en caso de un fallecimiento repentino. 

Asesórate con nosotros ingresando al www.nsseguros.com.sv o escribiéndonos a nuestro WhatsApp +50372101523

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